martes, 17 de junio de 2008

LA DISCRIMINACIÓN DE LA MADRE TRABAJADORA EN CASO DE EMBARAZO


JORGE GUILLERMO LOLI ESPINOZA
Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Ucayali.
Ex Magistrado del Poder Judicial


Mediante Resolución Legislativa Nº 23432, del 04 de Junio de 1982; el Gobierno del Perú con la facultad que conferían los Artículos 102° y 186° Inciso 3 de la Constitución Política del Estado de 1979 (1), resolvió aprobarla “Convención Sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (2) – conocida como CEDAW por sus siglas en inglés “Convention of the Elimination of All Forms of Discrimination Against Women”, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas por Resolución 34/180 del 18 de Diciembre de 1979 y suscrita por el Perú en la ciudad de New York el 23 de Julio de 1981.

Desde ese momento se incorporó a la legislación nacional (3) la Convención (4) CEDAW que tiene rango de Ley (5), habiendo transcurrido mas de 26 años de vigencia (6) en el Perú.

En este instrumento internacional se protege a la madre trabajadora que es discriminada en la esfera del empleo por causales de gestación y concepción, se le garantiza su derecho a la permanencia en el trabajo, prohibiendo bajo pena de sanción el despido originado durante el estado del embarazo o en la licencia de maternidad (7) que se instituye sin quebranto del empleo con abono de la remuneración que percibe, respetándose la antigüedad con derecho al abono de los beneficios sociales y el pago al sistema previsional durante el lapso de la licencia.

Uno de los Principios Universales del Derecho Laboral es el de la Igualdad de Oportunidades sin Discriminación, umbral que se entiende como la facultad que tiene toda persona para que se le trate en las mismas condiciones que a sus semejantes que se encuentran en idéntica o similar situación. La igualdad ante la Ley intenta colocar a las personas situadas en igual condición, en un plano de equivalencia, la paridad está contendida con la discriminación, ésta denota un trato desigual a personas sujetas a condiciones o situaciones iguales, bien sea por otorgar favores o por concesión de privilegios a otro.

El término discriminación debe concebirse como resultado, no sólo como un propósito, sino distinguir que una acción, ley o política sin intención de discriminar, puede ser discriminatoria si ese fuera su efecto (8); la discriminación (9) puede revestir diversas formas de comportamiento: cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, opinión política, origen social, condición económica, estado civil, edad del trabajador, idioma, o de cualquier índole, notándose una variedad de comportamientos discriminatorios que no es fácil de detectar en algunas ocasiones

Los actos discriminatorios tienen como objeto menoscabar o anular los derechos de la persona pudiéndose establecer grados de violación y vulneración de derechos garantizados que se producen desde la tentativa, el deterioro y se llega a los mas grave como la anulación o la pérdida del derecho;

El Estado para cumplir con sus compromisos internacionales, ha expedido normas internas que reconocen la plena vigencia del CEDAW, destacando la prohibición del despido de la madre trabajadora durant el estado de gestación y

1. LA PROHIBICIÓN DEL DESPIDO DE LA MADRE TRABAJADORA DURANTE EL ESTADO DE GESTACIÓN.
Se sustenta en el deber del Estado de proteger especialmente a la madre conforme a los artículos 4° (10) y 23° (11) de la Constitución, lo que se traduce en las obligaciones estatales de tomar las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo, y de modo especial, en las garantías de los derechos laborales previstos en el texto constitucional en las normas siguientes: inciso 2) del artículo 2 - Igualdad ante la Ley; inciso 1) del artículo 26 - Igualdad de Oportunidades sin Discriminación; y, artículo 28 sobre la Protección Contra el Despido Arbitrario.

En base a este marco normativo se ha instituido el denominado Despido Nulo previsto en el Artículo 29 (12) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, publicado el 27de Marzo de 1997.

Se produce el denominado despido nulo, cuando se despide a la trabajadora por su estado de embarazo, siempre que se produzca en cualquier momento del periodo de gestación o dentro de los 90 días posteriores al parto.

Por la trascendencia jurídica y reconocimiento constitucional de la protección de la madre trabajadora (13) se ha incorporado una modificación en el Artículo 29° de la acotada norma, al promulgarse la ley Ley N° 27185 publicada el 10 de Octubre de 1999, que en su artículo 1° establece como innovación “la presunción iuris tamtum" (14) es decir: si el empleador no acredita es este caso la existencia de una causa justa para despedir, se presume que el despido tiene como motivo en el embarazo de la trabajadora.

Para hacer valer este derecho, las mujeres despedidas durante el embarazo pueden recurrir ante los Jueces Constitucionales del Poder Judicial, solicitando la restitución judicial de su derecho. Así ellas podrán obtener protección a través del amparo los despidos producidos con motivo del embarazo, lo que también ha sido establecido por el Tribunal Constitucional con carácter vinculante (15). El proceso es expeditivo y efectivo conforme al Código Procesal Constitucional (16) por lo que es factible dictar las medidas cautelares para lograr la reincorporación laboral, estando el Juez facultado para declarar la nulidad del acto agresor sin perjuicio de aplicar sanciones a los responsables.

Todos los Jueces, incluidos los constitucionales, están obligados a aplicar el ordenamiento jurídico internacional: pactos, tratados y convenios internacionales, que en su conjunto prohíben todo acto discriminatorio. Para el efecto en la Constitución Política del Perú en la Cuarta Disposición Final y Transitoria establece que las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú. Recordemos que la CEDAW es un Tratado Universal de derechos humanos de las mujeres y por ende de obligatorio cumplimiento y aplicación.

Agotada la vía interna si no se logra la restitución del derecho, la madre despedida puede recurrir al Comité CEDAW, instituido en el Artículo 1 y siguientes del Protocolo Facultativo Adoptado por la Asamblea General en su Resolución A/54/4 de 06 de Octubre de 1999, que constituye la competencia del Comité CEDAW (17).

Puede también recurrirse a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al amparo del derecho a la no discriminación por sexo establecido en la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José.

2. SUSPENSIÓN IMPERFECTA DEL CONTRATO DE TRABAJO
Para los casos en los que se produce la suspensión imperfecta del contrato de trabajo (18), que se presenta jurídicamente cuando cesa la obligación temporal de la madre trabajadora de prestar el servicio concertado durante el estado de gestación y la maternidad, la Ley reconoce que continúa la vigencia del contrato de trabajo y no se extingue el vínculo laboral.

La norma legal respectiva impone al empleador la obligación de pagar la remuneración correspondiente, me estoy refiriendo a los Artículos 11° y 12° (19) - Literal c) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, prevé como causal de suspensión imperfecta de la relación laboral, a la maternidad durante el descanso pre y postnatal;

Se aprecia que el Estado ha desarrollado dispositivos legales que protegen y sancionan a los responsables de los despidos de la madre trabajadora durante la etapa de gestación y hasta 90 días del parto.

3. El Convenio OIT NO. 183 sobre protección de la maternidad
El Convenio OIT NO. 183 sobre protección de la maternidad fue adoptado el 15 de junio del 2000 y está en vigor desde el 07/02/2002, habiendo sido ratificado por sólo 13 países y de América Latina sólo Cuba.

Contiene normas importantes rede protección a la maternidad, por ejemplo su Campo de aplicación: Se aplica a todas las mujeres empleadas, incluidas las que desempeñan formas atípicas de trabajo dependiente (Art.2.1)

Toda mujer a la que se aplique el Convenio tendrá derecho a una licencia maternidad de por lo menos 14 semanas (Art.4). Todo Estado miembro podrá notificar posteriormente al Director General de la OIT, mediante otra declaración, que extiende la duración de la licencia maternidad (Art 4.4).

En todos los países latinoamericanos está prevista una licencia maternidad obligatoria. El único en el cual esa licencia es inferior a 12 semanas es Bolivia (60 días). En 9, la licencia es de 12 semanas (México, Paraguay, Uruguay, Colombia, Ecuador, Nicaragua, Guatemala, El Salvador, Honduras). En 7 es superior a 12 semanas: Argentina y Perú (13 semanas), Panamá (14 semanas), Brasil y Costa Rica (16 semanas), Chile y Venezuela (18 semanas).

Este Convenio tiene normas especiales de protección del empleo y no discriminación, entre ellas:

Artículo 8
1. Se prohíbe al empleador que despida a una mujer que esté embarazada, o durante la licencia mencionada en los artículos 4 o 5, o después de haberse reintegrado al trabajo durante un período que ha de determinarse en la legislación nacional, excepto por motivos que no estén relacionados con el embarazo, el nacimiento del hijo y sus consecuencias o la lactancia. La carga de la prueba de que los motivos del despido no están relacionados con el embarazo o el nacimiento del hijo y sus consecuencias o la lactancia incumbirá al empleador.
2. Se garantiza a la mujer el derecho a retornar al mismo puesto de trabajo o a un puesto equivalente con la misma remuneración, al término de la licencia de maternidad.

Artículo 9
1. Todo Miembro debe adoptar medidas apropiadas para garantizar que la maternidad no constituya una causa de discriminación en el empleo, con inclusión del acceso al empleo, y ello no obstante el párrafo 1 del artículo 2.
2. Las medidas a que se hace referencia en el párrafo anterior incluyen la prohibición de que se exija a una mujer que solicita un empleo que se someta a un examen para comprobar si está o no embarazada o bien que presente un certificado de dicho examen, excepto cuando esté previsto en la legislación nacional respecto de trabajos que:
a) estén prohibidos total o parcialmente para las mujeres embarazadas o lactantes, o
b) puedan presentar un riesgo reconocido o significativo para la salud de la mujer y del hijo.
Este Convenio está pendiente de ratificación en el Perú pero sin duda mejoraría sustancialmente los derechos de la madre trabajadora embarazada.

Junio 2008

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NOTAS

(1) Abrogado.
(2) CEDAW Es un Tratado del Sistema Universal de Derechos Humanos suscrito y ratificado sin reservas por el Estado Peruano y por lo tanto tiene plena vigencia a nivel nacional.
(3) Art. 101° C. 1979.- Los tratados celebrados por el Perú con otros Estados forman parte del derecho nacional. En caso de conflicto entre el tratado y la ley, prevalece el primero.
(4) Art. 186° C. 1979.- Son Atribuciones del Congreso: Inciso 3. Aprobar los tratados o convenios internacionales de conformidad con la Constitución.
(5) Art. 200° C. 1993.- La Acción de Inconstitucionalidad que procede contra normar que tienen rango de Ley: Leyes, Decretos Legislativos, Decretos de Urgencia, Tratados, (. . .)
(6) Resolución Legislativa Nº 23432, del 04 de Junio de 1982.
(7) Art. 11° CEDAW.- (. . .) Apartado 2. A fin de impedir la discriminación contra la mujer por razones de matrimonio o maternidad y asegurar la efectividad de su derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán medidas adecuadas para: a) Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil. b) Implantar la licencia por maternidad con sueldo pagado o con prestaciones sociales comparables sin pérdida del empleo previo, la antigüedad o los beneficios sociales.
(8) Artículo 1 CEDAW).- A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
(9) Art. 2° LEY N° 28983 - LIO.- Ley de Igualdad de Oportunidades – LIO – Concepto de Discriminación.
(10) Art. 4° CONST..- La Comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre (. . .)
(11) Art. 23° CONST..- El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, (. . .)
(12) Art. 29° D.S. 003-97-TR.- Es nulo el despido que tenga por motivo: (. . .) e) El embarazo, si el despido se produce dentro de los 90 días anteriores o posteriores al parto.
(12) Art. 4° CONST..- La Comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre (. . .)
(13) Art. 29° D.S. 003-97-TR.- e) (. . .) Se presume que el despido tiene por motivo el embarazo, si el empleador no acredita en este caso la existencia de una causa justa para despedir.
(14) Fundamento 15. de la S.T.C. N° 0206-2005-PA/TC (Caso César Antonio Baylon Flores)
(16) Art. 15° Ley N° 28237.- Medidas Cautelares.
(17) Art. 1°.- Protocolo Facultativo de la CEDAW: Todo Estado Parte en el presente Protocolo (“Estado Parte”) reconoce la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (“El Comité”) para recibir y considerar las comunicaciones presentadas de conformidad con el artículo 2.
(18) Art. 11° D.S. 003-97-TR.- Se suspende el contrato de trabajo cuando cesa temporalmente la obligación del empleador de prestar el servicio y la del empleador de pagar la remuneración respectiva, sin que desparezca el vínculo laboral. Se suspende también, de modo imperfecto, cuando el empleador debe abonar remuneración sin contraprestación efectiva de labores.
(19) Art. 12° D.S. 003-97-TR.- Son Causas de Suspensión del Contrato de Trabajo: (. . .) c) la maternidad durante el descanso pre y post natal.

lunes, 22 de octubre de 2007

Delitos contra el patrimonio: un problema de acceso a la justicia (1)


Jorge Guillermo Loli Espinoza
Vocal (s) de la Corte Superior de Justicia de Ucayali



Un informe elaborado por la Organización Panamericana de Salud (1) da cuenta de la magnitud de los delitos contra el patrimonio y las preocupantes dimensiones de la impunidad a nivel nacional, lo que no resulta sorprendente habida cuenta que la Policía Nacional del Perú reporta diariamente la comisión de innumerables hechos de esta naturaleza, sin que hasta la fecha se haya encontrado el modo idóneo de prevenirlos.

En cuanto a la causa que ocasionó la mayor cantidad de denuncias en el año 2000, el Ministerio Público (2) reportó haber registrado lo un total de 2,055 denuncias por Delitos Contra el Patrimonio. Durante el año 2001 las Fiscalías Provinciales Penales de Lima, registraron un total de 34,246 denuncias el 42.6 % (14,597) fueron de delitos contra el patrimonio.

Información de la Policía nacional nos informa que de 1994 al 2002 las denuncias por delitos contra el patrimonio equivalían al 59.5% de las denuncias recibidas, mientras que el 2002 al 2005 la cifra aumentó al 70.8 %.



El Informe de la OPS evidencia numéricamente que existe una marcada impunidad en los delitos contra el patrimonio, lo que es inversamente proporcional a las detenciones producidas frente a las denuncias.

Información del Instituto de Defensa Legal e IMASEN nos permiten apreciar que en el año 2000 se detenía al 48% de los denunciados mientras que en el año 2004 la cifra apenas alcanzaba al 27%, lo que representan una reducción de cerca del 40% en la eficacia policial.

Información proporcionada por la Policía Nacional confirma la tendencia. En efecto, el año 2004, los detenidos por delitos contra el patrimonio representan sólo a una quinta parte de las denuncias presentadas a la Policía Nacional, en otras palabras, solo 1 de cada 5 denunciados es detenido por la Policía. La disminución no se da sólo de un período a otro sino que muestra una persistente y preocupante constante si observan los datos diacrónicamente. La notoria y progresiva disminución de los detenidos entre el año 2000 y el 2004 se pueden observar en el gráfico siguiente:



Continúa...

domingo, 21 de octubre de 2007

Delitos contra el patrimonio: un problema de acceso a la justicia (2)

Si bien esto puede servir de base para una evaluación de la eficiencia y eficacia policial, el propósito de este documento es más bien ponerse en el lugar de los ciudadanos y ciudadanas. Desde su perspectiva, esta información evidencia el incremento de la inseguridad ciudadana, desarrolla sentimientos de indefensión y falta de acceso a la justicia, y más aún contribuye a desacreditar el sistema de justicia en su conjunto.

Como sabemos, el acceso a la justicia tiene como su primer componente la existencia de un recurso efectivo, es decir, de una vía que le permita a los agraviados, recurrir al sistema de justicia a través de un medio que en efecto contribuya a darle una respuesta justa, entendida como la sanción a los responsables y la reparación.

Tratándose de las denuncias por delito contra el patrimonio, la falta de eficiencia (3) y eficacia judicial contribuye a cerrar el sistema de justicia en su conjunto a los agraviados, quienes reducen sus posibilidades de respuestas satisfactorias.

No se cuenta con estadísticas disponibles sobre la proporción de casos sentenciados por delitos contra el patrimonio. Sin embargo, el cuadro siguiente nos muestra que el 2003 la Corte Suprema sentenció en esa instancias un aproximado equivalente al 10% de los casos denunciados en ese año.



1/Información preliminar al 75%
Fuente: Salas Supremas de la Corte Suprema de Justicia de la República
Elaboración: Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial


La contribución de la administración de justicia a la prevención/disuasión de la comisión de este delito se ubica en la reducción de la impunidad además de la respuesta oportuna. En efecto, la ruta del acceso a la justicia, supone también el cumplimiento de los estándares del proceso debido, el cual ha sido tradicionalmente como el respeto a los derechos de los inculpados, sin embargo, es necesario avanzar hacia la garantía de los derechos de las víctimas, tal como se propone desde una perspectiva victimiológica.

Sin embargo, las raíces del delito contra el patrimonio se fortalecen en escenarios como el peruano en el que las brechas económicas entre los segmentos más acaudalados de la población y los más pobres son tan abismales. Aún así, recordemos que la pobreza no es justificación para la comisión de los delitos, ni todos los que delinquen son pobres. A la base de estos delitos se encuentran un conjunto de causas que incluyen patrones personales de conducta, que se complementan con marcos normativos muy flexibles y más aún con las altas proporciones de la impunidad.

El mandato inca “AMA SUA” no robes, continúa siendo una norma cuya vigencia es muy precaria en el país, debiendo cada una de las autoridades cumplir mas eficientemente su labor. Sin embargo, debe resaltarse que la mayor parte de los cambios se logrará partir de una estrategia preventiva, que inculque el respeto a la propiedad ajena como principio básico de la formación de las personas.

Notas:

[1] “Estudio epidemiológico sobre la violencia que afecta a jóvenes en el Perú”, OPS, 2005.
[2] Página Web del Ministerio Público.

http://www.mpfn.gob.pe/estadistica/espec_anuario_operativos.php

[3] www.pj.gob.pe/CorteSuprema/cij/documentos/CIJ_ProdJudMenXEspPenSS23052007.pdf

miércoles, 1 de agosto de 2007

El crecimiento, el optimismo, el desarrollo: olvidar parece ser el costo de tanta belleza

Von Wernich, primer sacerdote enjuiciado
por violaciones de DDHH en Latinoamerica
El pasado mes de julio ha sido negro para los violadores de derechos humanos en América Latina, menos en el Perú. Acá hemos tenido mucho optimismo porque el desarrollo está a la vuelta de la esquina.



En España, el Tribunal Supremo resolvió que el ex militar Ricardo Miguel Cavallo, alias 'Serpico', uno de los peores represores de la dictadura argentina, acusado de la desaparición de cientos de personas entre 1976 y 1983, sea juzgado en España y no en Argentina, aceptando el pedido de las víctimas y del fiscal.

En Lima, en medio de tanto optimismo, pacto social, planes grandiosos al 2011, descentralización y crecimiento económico nunca antes visto, va perdiendo el poco peso que tenía la búsqueda de justicia por los crímenes del periodo de violencia política.

¿Será que es un asunto secundario, o particular, de grupitos de víctimas que reclaman justicia?

¿Será una actitud pasadista, resentida, tendencia a enfocarse en daños, en conflictos, en áreas marginales de la cosa pública, ciega a la gran agenda actual de desarrollo, crecimiento, mercados, descentralización, al verdadero interés nacional?

En Chile el infame torturador Osvaldo Romo Mena murió en la cárcel, en absoluta soledad. Ni siquiera el cura católico que estuvo presente “por caridad” quiso rezarle o bendecirlo. Ni su esposa ni alguno de sus cinco hijos se acercaron a acompañarlo. Este tipo jamás se arrepintió de sus proezas y recordemos que hace unos años, en una entrevista a la televisión desde la prisión, dijo que deseaba que en su lápida colocaran “aquí yace un torturador”. Yo sugiero que lo dejen en blanco o le cuelguen un letrero de cartón que diga “acá no hay nada”.

Pero sería solo retórica, porque allá hay un poco de la naturaleza humana.

En Lima, un país más poderoso el 2011, el 2020, como dice García. Una nueva república, como decía Humala. Marchas regionales y discursos presidenciales, todos caminando hacia el nuevo país. Fundado sobre decenas de miles de crímenes impunes. Pero qué importa. Esa es la modernidad: cerrar los ojos, olvidar el pasado. El futuro es hoy y mañana ya llega y viene limpio.

¿Puede ser legítimo un Estado que mató a sus ciudadanos, por más moderno y platudo que esté hoy? ¿Un Estado que permite que militares y políticos criminales disfruten los beneficios de su iniquidad? ¿La institucionalidad no jugará un rol en este progreso tan bacán?

La institucionalidad, claro que sí, esa que mejora la gestión, las capacidades de gasto, las atribuciones, la inversión. La institucionalidad que sirve, la práctica. La que piden las regiones. Que se parece a la que pide el MEF, solo que desde el otro lado.

Obstáculos al desarrollo. Esos son los débiles reclamos de justicia. ¿Acaso no se está gastando en reparaciones colectivas, acaso no hay un consejo de reparaciones haciendo listas?

Nuevamente en España, el Tribunal Supremo elevó de 640 a 1084 años de prisión la condena al ex militar argentino Adolfo Scilingo por delitos de lesa humanidad. Este señor fue cómplice de las 255 detenciones que se realizaron en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) mientras trabajaba allí.

En Lima, resulta fácil esta economía de la justicia que se está practicando. Se juzga (algo así) a Fujimori, Montesinos, Hermoza, Pérez Documet, a Martín Rivas y sus chicos. Los casos anteriores a la década de los 90 son pocos, avanzan lento, no llegan a ser amenazas serias para los grandes criminales, tienen poca prensa, son cosa de ONG y asociaciones de familiares sin respaldo.

Los vendedores de crecimiento y de mercados, no advierten o lo hacen y no les importa, que la sociedad está creciendo chantajeada, con sus futuros machacadores al lado. Porque los militares no han sido encarcelados y por lo tanto, están autorizados para en el futuro volver a poner orden y salvar al país de peligros reales o inventados. Porque los políticos no han sido sancionados, ni encarcelados por sus responsabilidades ni tan siquiera amonestados moralmente, y estos políticos han establecido como norma consuetudinaria, que el que tiene poder está sobre la ley y que la violencia y el autoritarismo son buenas vías para administrar situaciones complejas.

Finalmente, en Argentina empezó el juicio a este Christian Von Wernich, ex capellán de la policía, acusado de haber participado en 7 homicidios, 31 casos de torturas y 42 secuestros cometidos en cinco campos de detención del sur de la provincia de Buenos Aires, durante los años de la dictadura. Es la primera vez que a un sacerdote católico lo juzgan por violaciones de derechos humanos en América Latina. Dijo sobre esto el Presidente Kirchner: “Es un día histórico para Argentina porque comienza a juzgarse a Von Wernich, que deshonró a la Iglesia Católica, a los pobres y a los derechos humanos”.

¿Alegrarse por cosas cómo estas? Sí y no. En Lima, sigue de máxima autoridad de la iglesia el señor Cipriani, observador de violaciones de derechos humanos en Ayacucho, cómoda autoridad eclesial durante el gobierno de Fujimori, voz de los días de fiesta aleluya en Radio Programas, saludado por los presidentes de turno muy devotos, santo de todas las sandalias y ojotas gastadas en los cuarteles del país donde rezan algunos desaparecidos.

Este cura Von Wernich fue protegido por la iglesia argentina todo lo que se pudo. Luego del periodo de dictadura militar lo movieron a un pueblo remoto, y lo mantuvieron allí pese a los reclamos de la población. Luego lo movieron a otro pueblo de Chile, donde usó otro nombre. Hasta que fue descubierto. Y extraditado. Chile también sabe extraditar criminales.

En estos países, que también quieren crecer y desarrollarse, cómo no, el Perú no es el único con estas ideas originales en la cabeza, hacen algunos esfuerzos y estiman que hay alguna relación entre los objetivos de fortalecer la institucionalidad, devolver la confianza del ciudadano hacia el Estado y volver a legitimar la democracia y sus poderes, y la necesidad de llevar ante la justicia - y condenar por supuesto- a los principales responsables de violaciones de derechos humanos.

En Lima y regiones, la cosa va siguiendo otros rumbos. Porque somos modernos, supongo.

jueves, 12 de julio de 2007

Protestar

Se ha convocado una concentración este sábado frente a la embajada de Chile, para protestar por el fallo del pseudo juez Álvarez. Ayer apenas un centenar de personas salieron a sufrir la garúa. Hoy quizá salgan algunos.

Qué comodos somos para protestar. ¿No sería excelente que alguno de los gremios hoy en paro llegaran por un momento a participar de esta protesta ciudadana? Pero por ahora no es su rollo, es asunto de ONGs. Lo que no es malo, es limitado y gris como el cielo limeño.

CGTP, CTP, SUTEP, y otros protestando cada cual por su agenda, sus problemas, sus demandas y con la razón de su parte a veces y otras no. Aún no hay articulación entre agendas ni con problemas políticos mayores. Como el que estamos comentando.

Y sería bueno presionar, porque el escenario es muy desfavorable. Así como están las cosas, el fallo de la Corte Suprema no va a favorecer al Perú. Esto porque el lado peruano ha renunciado a jugar un rol político. Lo técnico es indispensable, pues permite fundamentar cualquier pretensión. Pero lo político hace posible las decisiones difíciles.

Hablando calato, el mensaje político, tácito, hacia los jueces, políticos y gobierno chileno debe ser: si no accedes a lo que te pido, habrá consecuencias. No es que me de igual que me juegues mal, que me falles.

Hasta ahora el mensaje que ha mandado el Gobierno es precisamente ese: me da igual, es un asunto técnico, no tengo nada que ver, no habrá ninguna consecuencia para nuestra relación si me abofeteas. Nuestra idilio seguirá.

Si se puede, hay que contribuir ha modificar este escenario.

Ojo que Bachelet, que será todo lo que quieran, pero a los violadores de derechos humanos no los quiere nada, ha comprendido bien esto, y está jugando su partido.

"Un día después de que la justicia chilena rechazara la extradición del ex presidente Alberto Fujimori, la mandataria Michelle Bachelet llamó a promover la defensa de los derechos humanos, en una clara señal de presión a la Corte Suprema."

¡Más no puede!

Nos toca a nosotros. Y especialmente al Gobierno.

José Carlos Agüero

miércoles, 11 de julio de 2007

Las perlas del fallo

Pinochet desde el cielo, emocionado y orgulloso por el fallo

El Juez Álvarez ha demostrado que la justicia chilena tiene dignos representantes, capaces de medirse en buena lid con la flor y nata de la magistratura nacional.

Como ejemplo del alto nivel alcanzado por este juez, algunos cortes de su histórico fallo:

"Por otra parte, cabe advertir que las únicas pruebas que existen en este proceso para fundar la responsabilidad de Fujimori en este delito (Interceptación telefónica), no emanan de ningún testigo presencial, con excepción de quienes recibieron las órdenes directamente de Montesinos, quien respaldaba sus decisiones en una supuesta instrucción por parte del Presidente de la República. No existe ningún testigo que declare haber recibido una orden personalmente del requerido, o haber presenciado la emisión de esta orden directamente por parte del Presidente".

Faltó videito. Lástima que el Chino se los había levantado todos:

"La declaración testimonial de Federico Hurtado, a fs. 98 ex director General de la Policía. Expresa que al comunicársele por el Presidente que se realizaría ese operativo, le agregó que contaba con la orden de allanamiento, de captura y la presencia de un fiscal, documentos que Fujimori tenía en la mano, pero que el testigo no llegó a leer, elementos todos, que no permiten, tampoco confirmar una participación penal del Presidente Fujimori".

El Chino estuvo allí con su fiscal falso, pero no es suficiente para probar nada. Si por lo menos hubiera plata de por medio:

"La declaración de Julio Salazar... reconoce que durante su gestión como ministro de Defensa se hicieron transferencias de fondos al Servicio de Inteligencia Nacional y sólo tiene conocimiento de que Fujimori habría dado una orden verbal a su antecesor en el cargo, para que hicieran esas transferencia... El testigo César Saucedo... reconoce que a partir de noviembre de 1999, Fujimori le ordenó coordinar con Economía para conseguir una asignación de dinero que debía ser transferido al servicio de Inteligencia Nacional, lo que no basta, sin embargo, para presumir que hubo irregularidades y falsedades en la dictación de estos decretos de urgencia, y menos que el requerido hubiera intervenido personal, directa e inmediatamente en la dictación de dichos decretos, disintiendo el sentenciador de la opinión de la Sra. Fiscal Judicial en esta materia".

Los involucrados dicen que fue Fujimori pero el Juez dice que no es cierto, o que el SIN seguro le dio buen uso a la plata¡¡ Debe ser que él los conoce mejor... Pero entonces, si la cosa fuera más macabra...

"Se atribuye a Fujimori, el secuestro de diversas personas que eran conducidas a los sótanos del Servicio de Inteligencia del Ejército, donde eran encerradas para ser torturadas... Asimismo se imputa a Fujimori el secuestro y lesiones graves de su entonces cónyuge Susana Higushi... Además se le imputa el delito de lesiones graves en perjuicio de Leonor de la Rosa Bustamante y los secuestros de Samuel Dyer, Gustavo Gorriti y Hans Ibarra (...) (y) agraviados del delito de desaparición forzada a Kenneth Ney Anzualdo Castro, Martín Javier Roca Casas y Justiniano Najarro Rua (...)

"Que los antecedentes que para el Estado requirente, fundamentan la imputación de estos hechos a Fujimori, están constituidos únicamente en base a prueba testimonial indirecta o de oídas, de cuyo examen puede advertirse la falta de inmediatez y certeza , en cuanto a la persona de quien supuestamente emanó la orden de detención en cada uno de los casos".

(Debía de haberse entrevistado a los desaparecidos)

"Que en cuanto a las lesiones de Susana Higuchi, su hijo Kenji Fujimori desmintió... las imputaciones formuladas por su madre, agregando que jamás evidenció ningún rasgo de la supuesta tortura de la que ella habría sido objeto. Igual declaración hace...su hija Sachie: ” mi madre nunca fue secuestrada, lo que si era muy inestable emocionalmente, pero me enteré de las denuncias que ella había hecho por el periódico siendo ella Primera Dama. Lo que yo sé es que ella en principio no tenías ambiciones políticas pero después de ser primera dama, le subieron todas las ambiciones en el ámbito político. Ella no tiene marca de tortura en su cuerpo, pero tiene unas marcas que son efecto de un tratamiento Chino.”

Entonces no era tortura, sino acopuntura... Además, si lo dice un futuro Presidente del Perú como Kenyi...
Pero un crimen de lesa humanidad sí debe tomarse en serio, o no:

"Según consigna la propia denuncia penal el caso de Barrios Altos fue cometido, a título de represalia por un atentado que tuvo lugar con anterioridad al gobierno de Fujimori, en contra de la escolta militar. Queda así acreditado que ésta acción militar de nefastas consecuencias, respondió a motivaciones de naturaleza castrense, de la cual, el presidente recién asumido, sostiene que no fue partícipe."

Si lo dice el Señor Presidente entonces será cierto pues...

"Hay una ausencia de decisiones políticas tendientes a propiciar un régimen represivo que importaba una violación a los derechos humanos. Se ve corroborada por las instrucciones que Fujimori dio expresamente a las fuerzas armadas respecto de la forma de lidiar con el terrorismo."

¿Criminal? Todo lo contrario ¡Santo varón y demócrata¡

"Que en cuanto a los restantes supuestos, en los que se sustentaría la imputación de una política sistemática de atentados en contra de derechos fundamentales, cabe decir, que la ley de amnistía comprendió hechos cometidos tanto por militares , como civiles a partir de 1980 hasta 1995 y que además fue dictado por el Congreso de la República, y no por el Presidente, a quien sólo le correspondió promulgar la manifestación de la voluntad ciudadana debidamente representada por su Parlamento."

Esto sí que merece el premio nóbel de la cochinada. Maestro francamente...

"No debe confundirse la relación que pudiera haber tenido Fujimori con el grupo Colina para los efectos de combatir el terrorismo que como es público y notorio, afectó por largos años a Perú, con la comisión de los actos de Barrios Altos y La Cantuta, respecto de los cuales no existen sino declaraciones de testigos de oídas, que no presenciaron jamás el momento en que el Presidente habría ordenado la comisión de estos delitos. Más bien son simples presunciones de que siendo el Presidente de la República, por ocupar ese cargo tendría forzosamente que haber ordenado esas matanzas o consentido en su realización."

Un fallo más polìtico no podía ser posible. Una joya. Felicitaciones a las autoridades peruanas por su activo rol en este caso.
José Carlos Agüero

viernes, 6 de julio de 2007

Marcha del Orgullo 2007


¿Será carnaval, protesta, pasacalle la marcha?

Este año parece que hay la intención de recuperar la marcha como medio de expresión política, y no solo como un espectáculo. Dice el colectivo convocante: "Este año, el movimiento LGBT asume como eje políticola Visibilidad Lésbica". Otros lo han señalado de modo explícito: "Orgullo es protesta".

Que sea entonces.

Este sábado 07 de julio, a partir de las 3pm. Partida: Campo de Marte. Y hasta la Plaza Francia.

MINSA informa que reinicia su campaña de salud mental y reparación

El MINSA acaba de comunicarnos, en respuesta a la campaña de incidencia que fue impulsada por Iprodes y que fue apoyada por diversas redes e instituciones de Lima y Ayacucho, que DESDE MAYO de 2007 se han reiniciado las acciones de salud mental en zonas afectadas por la violencia política.

Como se sabe, a inicios de este año el propio Ministerio y los miembros de los equipos itinerantes de salud mental alertaron sobre el riesgo que estos equipos dejaran de trabajar. Consultados en profundidad, responsables del área en el Ministerio señalaron que estaban desarrollando diversas acciones para conseguir financimiento, así como modificaciones en su estrategia de intervención que corregirían limitaciones de los años pasados.

Desde la sociedad civil se impulsaron una serie de acciones de incidencia, incluso ante el Congreso de la república, buscando que se destinaran los recursos que garantizaran este trabajo.

El MINSA, en oficio Nº 2595 señala a la letra que "En este sentido, a partir de mayo del presente se continuará y desarrollará acciones de salud mental en las poblaciones afectadas por la secuela de violencia política con la finalidad de contribuir a que se recuperen la salud mental y física, se reconstituyan las redes de soporte social, para lo cual se ha previsto la conformación de un equipo de salud mental conformado por un médico psiquiatra, psicólogos y enfermero".

Como podemos advertir, solo se señala la formación de un equipo que viene operando desde mayo. Estamos realizando las consultas para poder ampliar e interpretar esta comunicación, para luego informarles. Si tienen alguna información de cómo se viene realizando de modo concreto este trabajo en las zonas de trabajo, agradeceríamos compartirlo.

viernes, 22 de junio de 2007

Discurso de Salomón Lerner en Huanta

Salomón Lerner, ex Presidente de la Comisión de la Verdad, resaltó la importancia simbólica que ha tenido este inicio de reparaciones colectivas en Huanta, que parece señalar una voluntad del Estado a no ser eternamente indiferente. Aunque se puede agregar una preocupación ¿a esta velocidad en cuántos años se habrá llegado a todos las víctimas o sus familiares? ¿Qué tan justa será una acción tan tardía?


DISCURSO DE SALOMÓN LERNER EN HUANTA
Ceremonia de entrega de reparaciones

Ayacucho, junio de 2007
Estimados amigos:
Deseo decir unas pocas palabras sobre el valor de este acto con el que el gobierno inicia el pago de una grande deuda contraída con los Peruanos y peruanas que fueron víctimas de la violencia. Mis palabras quieren ser también, como es natural e indispensable, un renovado reconocimiento, precisamente, a esa población afectada y un recordatorio de las tareas que la sociedad peruana tiene todavía por delante para hacer valer apropiadamente los derechos de esos ciudadanos.
Hay que recordar, en primer lugar, que el reconocimiento de que el Estado debe reparaciones a las víctimas ha tenido lugar como fruto de un proceso de restauración de la memoria colectiva llevado a cabo por la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Ésta, sin embargo, fue solamente la expresión institucional de una decisión valiente de la población peruana,principalmente aquella que fue víctima de la violencia. Me refiero a la decisión de no olvidar, de recordar y de sacar las lecciones de la terrible experiencia vivida para la construcción de nuestra democracia.

La Comisión de la Verdad y Reconciliación, en efecto, fue una organización estatal creada para reconstruir la historia de la violencia reciente en el Perú. Con ese fin,
trabajó durante veintiséis meses convocando el esfuerzo de muchos ciudadanos, principalmente jóvenes, que con sus conocimientos y su compromiso moral nos permitieron cumplir la tarea encomendada. No obstante, es necesario decir que ninguna comisión, incluso si ella cuenta con todos los recursos económicos y técnicos necesarios, puede sacar a la luz una historia tan compleja y oscura como la que vivimos si es que no existe, en primer lugar, una decisión de la gente a favor del recuerdo y de la justicia y en contra del olvido y de la indiferencia. Quienes trabajamos en esa Comisión tuvimos la fortuna y el privilegio de encontrarnos con miles de peruanos y peruanas que, habiendo sufrido en silencio muchas injusticias y terribles atropellos a sus derechos fundamentales, y a pesar del comprensible temor a decir en voz alta la verdad sobre lo que había sucedido, acudieron valientemente a
brindar su testimonio como víctimas directas o como allegados de esas víctimas.

Para quienes no fuimos directamente afectados por violaciones de derechos humanos tal vez sea difícil comprender todo lo que involucra brindar un testimonio: rememorar públicamente hechos que se quisiera olvidar, depositar una vez más, contra lo que aconsejaba la experiencia, su confianza en que el Estado peruano tomaría en serio su palabra y haría justicia ante las verdades que se contaban. Digo con orgullo y con agradecimiento que la Comisión encontró a casi 17 mil hombres y mujeres dispuestos a relatar sus historias y, sobre todo, a confiar una vez más en el Estado al compartir con éste su palabra ¿qué es lo más preciado que tenemos las personas?

Para la Comisión de la Verdad y Reconciliación representó, pues, una responsabilidad muy grande solicitar esas palabras y hacerlas conocer en sus audiencias públicas y en su informe final. Más aun cuando no iba a ser ella la encargada de aplicar las recomendaciones que resultaran de su investigación. La Comisión tenía como única misión reconstruir la verdad. No tenía ella autoridad para impartir justicia, realizar reformas u otorgar reparaciones. Sin embargo, lo que sí podía hacer era efectuar recomendaciones claras y justas para que la paz con justicia fuera posible en el país. Como parte de esas recomendaciones elaboramos y presentamos un Plan Integral de Reparaciones amplio, con sólido fundamente jurídico y técnico, sujeto a los más altos criterios de justicia y, quiero resaltarlo de modo especial, completamente viable. No fue, en absoluto, una propuesta desproporcionada a la
realidad de nuestro país sino enteramente posible de ejecutarse. Lo era entonces, cuando lo propusimos, en el año 2003, y lo es más aun hoy en día cuando la tendencia al crecimiento económico del país se ha hecho más fuerte todavía.

Sabíamos que esas propuestas no serían cumplidas de manera inmediata. Eso nos resultaba especialmente preocupante pues, como he dicho, lo que está incorporado en el Informe Final y en sus recomendaciones es la esperanza y la confianza de miles de peruanos. Cada día que ha pasado desde agosto de 2003 sin que se diera cumplimiento a las recomendaciones ha significado, creo yo, una pérdida de credibilidad y legitimidad de nuestro Estado y una sombra de duda sobre el futuro de nuestra democracia ante los ojos de las víctimas.

Por ello creemos que es especialmente importante esta ceremonia en la cual, como el gobierno ha explicado, se hace un primer gesto y una primera acción hacia el cumplimiento de este derecho de miles de personas. Es, ciertamente, un gesto que hay que valorar y reconocer, pues él tiene una significación material y simbólica que nos dice que, después de todo, el Estado peruano no será por siempre indiferente a los derechos de los más desprotegidos y excluidos, que ese Estado nuestro puede comenzar a tratarnos a todos como ciudadanos. Por otro lado, en efecto, este gesto indica un primer paso en un largo camino que deseamos que se recorra hasta el final para que todos quienes vieron sus derechos atropellados reciban las reparaciones a las que tienen derecho, reparaciones materiales y simbólicas, individuales y colectivas, en la forma de dinero e inversión y en la forma de acceso a servicio y
reconocimiento de su condición de ciudadanos plenos.

La posibilidad de que esto se cumpla ?es decir, que todas las víctimas reciban adecuado resarcimiento? depende, desde luego, de que abordemos esta tarea con seriedad, con prudencia y de manera ordenada y eficiente. Hay que valorar el hecho de que poco a poco, paralelamente al constante reclamo de la sociedad, se ha ido constituyendo un marco legal e institucional orientado a hacer que se cumpla el Plan Integral de Reparaciones.

Existe, ya, una ley que da creación a dicho plan; existía desde antes una Comisión Multisectorial de Alto Nivel que ha gestado este primer acto de reparacione, y contamos también con un Consejo de Reparaciones encargado de elaborar de manera exhaustiva un Registro Único de Víctimas tanto individuales como colectivas, el cual sería la mejor herramienta para un proceso de reparaciones sistemático, exhaustivo y, por lo tanto, justo. Es de desear que en el futuro, y dada la complejidad y lo delicado de la tarea, sea esa vía la que transitemos. Podemos tener confianza en que ello sea así dado el compromiso y la recta comprensión del problema demostrado por quienes hoy han hecho posible este primer momento de reparaciones. A ellos les expreso mi reconocimiento, y a nuestros conciudadanos que han sido víctimas de la violencia, les manifiesto mi deseo, como ex presidente de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, en que la palabra que nos entregaron y, por nuestro medio, a toda la sociedad peruana, germine en derechos cumplidos y respetados y en una vida pacífica y plena de dignidad y reconocimiento para todos.

Salomón Lerner Febres
Ex presidente de la Comisión de la Verdad y Reconciliación

viernes, 20 de abril de 2007

San Marcos maltrata víctima de la violencia política

Reproducimos la carta que la señora Doris Caqui, antigua dirigente de organizaciones de afectados por la violencia política, remitió a los estudiantes de San Marcos hace unos días, reclamando porque a su hija no la dejaron matricularse en la universidad, pese a haber alcanzado el puntaje requerido. La joven postuló bajo la modalidad de víctimas del terrorismo. Las autoridades universitarias arguyeron que la ley no se aplicaba en este caso. Y a continuación maltrataron a la postulante.

Los problemas respecto de las múltiples entradas para posibles medidas de reparación van a empezar a aparecer. Hay reparaciones para víctimas del terrorismos (entiéndase de Sendero Luminoso y MRTA), reparaciones para víctimas de las fuerzas armadas y del terrorismo juntos (PIR), reparaciones para los casos ante la CIDH, reparaciones para desplazados, reparaciones para inocentes liberados, reparaciones posibles para los que tengan casos ante la justicia nacional, y reparaciones potenciales para los que tengan casos ante la justicia regional (Corte Interamericana).

Y hay que señalar que algunas de estas vías, incluyendo la más importante (El plan integral de reparaciones) tiene criterios discriminatorios. Abundaremos en siguiente post.


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Compañeros: Estudiantes SanMarquinos.
Presente.-
Asunto: Solicito apoyo en la defensa del ingreso de mi menor hija a la UNMSM

De mi mayor consideración:

Recibe mis saludos fraternos, la presente es para solicitar su apoyo de usted y de cuantos compañeros San Marquinos pueden adherirse en la defensa del ingreso de mi menor hija, quién ingresó con un puntaje meritorio a la Escuela de Ciencias Sociales – Facultad de Antropología, a la fecha no ha podido obtener la Constancia de Ingreso a pesar de haber efectuado todos los pagos correspondientes y por consiguiente no ha logrado matricularse, el grave error que cometimos es que mi menor hija postulara por la modalidad "Víctimas del Terrorismo" Ley 27277 dada la situación que también somos Víctimas del Conflicto Armado que vivió nuestro país durante los 20 últimos años.

Esta Ley excluyente, beneficia únicamente a los hijos "víctimas del terrorismo de sendero luminoso" que alcanza a los hijos de policías, militares e hijos de autoridades. Y, ¿ nuestros derechos, que hay para quiénes somos víctimas del terrorismo de Estado?, amigas, amigos y compañeros nuestra primera casa de estudios, la Decana de las Universidades de América es la única que hasta la fecha no apertura espacios de inclusión, bajo ésta Ley y por la misma modalidad, a la fecha muchas universidades vienen implementando políticas de reparación en Educación, sobre todo cuando nuestros hijos son capaces y en éste caso mi menor hija ha demostrado capacidad al obtener mas de 620 puntos en un exámen general.

A través de ésta carta denuncio ante usted y todos quiénes aún tienen la capacidad de hacer uso de su derecho de reacción ante las injusticias, lo que ocurre es que la gran mayoría de peruanos que somos víctimas de ésa cruenta guerra que vivió nuestro país, seguimos siendo invisibles lo cual es una forma de prolongar mas aún nuestro dolor y la estigmatización para con nosotros. Es así que al acercarse mi hija el sábado 31 ante la Comisión de Admisión de la UNMSM para matricularse fue maltratada verbal y psicológicamente por uno de los integrantes de la Comisión-OCA, que corresponde al nombre de Ángel López, siendo acusada: " de robarse la vacante de otros, de tratar de sorprender, …y de mocosa malcriada, si recién tienes 15 años puedes volver a postular, ….." entre otros en presencia de todo el resto de jóvenes que solo atinaban a mirar lo único que dijo mi hijita fue: " si yo también soy víctima de la violencia política,…, además desde el exámen de admisión me identifiqué como tal porque yo portaba la Constancia acreditada por el Ministerio de la Mujer , Foncodes – Lima y he realizado todos mis pagos, porque esperaron a que realice todos los pagos, tome mi exámen y recién quieren anularme mi ingreso…"

Esperando contar con su apoyo solidario en defensa del ingreso de mi hija me despido de usted, desde ya agradeciéndole por éste gesto.
Atentamente.

Doris Caqui Viuda de Rimac.
Presidenta de la Asociación de Familiares de Desaparecidos, Ejecutados Extrajudicialmente y Torturados, casos derivados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Teléf.5790632.

martes, 17 de abril de 2007

Polémico informe de la CNDDHH


El viernes de la semana pasada la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos presentó su informe anual, titulado "Bajo el signo de un gobierno con pasado", que ha casuado algo de polémica.

El secretario ejecutivo del Consejo Nacional de los Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Luis Salgado, rechazó el informe, pues considera que distorsiona la realidad presentándola como grave en materia de respeto a los derechos humanos, con el objetivo de asegurar financiamiento para las ONG que trabajan el tema.

¿Qué molesta del informe?

Que llame la atención sobre algunos temas que dejan mal parado al gobierno de García. Entre ellos:

- Que el gobierno no reconozca el Plan Nacional de Derechos Humanos por no tener peso de ley, pese a que fue "construido desde las bases"

- El deseo expreso de las autoridades de aumentar las causales de pena de muerte

- Los ataques al sistema interamericano de derechos humanos

- Los hostigamientos a activistas

- El desacato al fallo del Tribunal Constitucional de que la justicia castrense no puede ver casos de derechos humanos

- La actitud débil frente a la extradición del ex presidente Alberto Fujimori

- Las restricciones impuestas a las organizaciones no gubernamentales.

- La poca colaboración del Ministerio de Defensa con el proceso de justicia derivado de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad.

- El desconocimiento del Ejecutivo de aspectos centrales del informe de esta misma comisión

Dos cosas que están molestando mucho del iforme son que se esté colocando como ideas fuerza que haya un "retroceso" en materia de derechos humanos (así han informado algunos medios), y que se perciba cierta tendencia "proimpunidad" en la actual administración.

Esto último alude a la virtual alianza con los fujimoristas seguidores del ex presidente Alberto Fujimori y otros sectores conservadores como algunos de Unidad Nacional, militares activos o en retiro y hasta la prelatura del Opus Dei (declaraciones del secretario de la CNDDHH Pablo Rojas)

Parece que el actual gobierno suponía que los organismos de derechos humanos iban a pasar por alto todos esos despropósitos e iban a sacar un informe para felicitarlo por sus muchos logros. Los muy malcriados lo han decepcionado. Esperemos no reaccione con mucho despecho.

SINDY y crímenes de odio

Se denominan crímenes por odio aquellos que se producen motivados, en todo o en parte, por el odio, los prejuicios o las falsas asunciones acerca de la raza, el sexo, la edad, el género, la religión, la discapacidad o la orientación sexual de la víctima.

En el caso de crímenes de odio homofóbicos, en Estados Unidos la sanción de la opinión pública contra este tipo de delito se fortaleció luego del caso de Mattew Shepard. Mattew era un adolescente universitario, fue engañado por dos hombres que se hicieron pasar por gays, lo llevaron a un lugar desierto alejado de la ciudad, lo ataron a una valla y lo torturaron por horas. Lo dejaron allí, bajo una temperatura inferior al cero. Dieciocho horas después fue hallado por un ciclista que lo condujo al hospital, inconciente y congelado. Murió por sus heridas cinco días después. Compañeros de su universidad colgaron en la misma valla un muñeco con un letrero que decía "soy gay".

El juicio, la polémica nacional, la movilización política de la comunidad gay, marcaron un hito en USA. Acá en el Perú las cosas están mucho peor. No es concebible una reacción similar frente a las diferentes formas de violencia que sufre la comunidad GLBT. Las incursiones a lugares de esparcimiento y espacios públicos en que se reúnen son parte de la cotidianidad. No molesta a nadie. Es parte de la rutina policial y municipal. La cobertura periodística, si la merece, va acompañada implícitamente -incluso de modo expreso- de sanciones morales.

Si muere un gay o travesti acá no pasa nada, no es importante. No son considerados de igual valor que los "normales". ¿Habrá que esperar un hito de similar crueldad al de Mattew? Sería una triste espera. Quizá infructuosa.

Lo cierto es que la comunidad GLBT no debe esperar mucho de esta sociedad racista y discriminadora. Afilar y fortalecer su actuación política y conseguir el respeto de sus derechos va a ayudarles mejor. Saludamos en este sentido las acciones que se han programado para estos días en Huancayo:

LA PROXIMA PUEDES SER TU.....
Para quienes no se enteraron, hace poco fue asesinada una travesti cuyo nombre social era SINDY, una muerte mas que las TLGB de Huancayo no estan dispuestas a pasar por alto. Creo que debemos de reconocer como desde las provincias los diferentes grupos, colectivos y redes se vienen manifestando. En ese sentido, ellos han convocado a una marcha en el Parque Tupac Amaru de Huancayo y harán un pronunciamiento público frente a Defensoria. El acto se realizará el 21 de abril.

jueves, 12 de abril de 2007

Sonría por favor, antes que muera una fotito


Veo que hace unos días se anunciaba en España un documental sobre Kevin Carter, el maldito. Acá el sitio y un artículo sobre el tema. Ojalá se pase pronto en Lima.

¿Qué hay en la foto, qué hay detrás, qué impacto genera, hay culpa en ser testigo, en ser pasivo, en vivir del dolor de otros, cuánto ayuda mostrar, a quién ayuda, al que trabaja en ello, al que es objeto de la mirada, al que mira desde su casa?

Esta archifamosa foto: espacio compartido por la niña que agoniza y el buitre que se la va a comer pronto. Eso muestra. Cada uno un lugar en la cadena, alimenticia y de sucesos.

Pero todos sabemos que hay algo más en este cuadro. La foto tiene profundidad. Un tercero invisible que también cumplió su función. El Kevin que esperó cual buitre o ápuntó cual artista o difundió cómo héroe o chambeó como fotografo o no se dio mucha cuenta de nada y clic, nada más.

Y aún hay otra dimensión. Los que vieron la foto reproducida hasta el hartazgo en todo medio. Y se lamentaron y admiraron, al mismo tiempo.

¿Cuál es el impacto de algo como esto? Muchos se sensibilizaran, muchos intentarán hacer algo, supongo que la gran mayoría se horrorizará y una mayoría mayor no hará nada pese a ello. Kevin se mato por ser el primero en la cadena de los que no hicieron nada concreto.

La foto de la niña Kim Phuc escapando del Napalm, dicen, generó un impacto atroz en la opinión pública norteamericana. A la larga esto jugó su rol para que la guerra terminara. Las fotos a veces son ventanas hacia el otro desconocido, ajeno, pero que cuando le pones cara y ves sus gestos, se hace próximo como un espejo.


¿Cuántas fotos de la violencia política en el Perú se publicaron en revistas, diarios, televisión, informes, libros; cuántas más se han expuesto en muestras, carteles, afiches, folletos, letreros, pancartas, cuántas fueron recogidas y mostradas por la Comisión de la Verdad, por las ONG?

¿Cuál ha sido su impacto? He leído por allí que a la muestra Yuyanapac fueron miles de personas, muchísimos escolares, entre ellos. Pero tengo el presentimiento que generan más espanto, más empatía, las imágenes de fuera.



Lo cierto es que en nuestro país imágenes como esta, publicada en el diario La República en 1986, no tuvieron el impacto que tuvieron en otras partes y otros conflictos, imágenes similares. Incluso en algún momento, se llegó a pedir a los medios de prensa que no publicaran más fotos sangrientas y que mostraran el terror y el caos. Un modo de contribuir a la paz cerrando los ojos. Una práctica harto común entonces y ahora ante los abusos.

Y con los ojos cerrados ¿quién puede ver una foto por buena que sea?

José Carlos Agüero
Iprodes

miércoles, 11 de abril de 2007

CONTINÚA LA CAMPAÑA REPARACIONES EN SALUD MENTAL



IprodesPerú continúa desarrollando la campaña en favor de la continuidad del trabajo de los equipos estables e itinerantes de salud mental en las regiones más afectadas por la violencia política en el Perú.
Como ya se ha señalado, el MINSA no cuenta con presupuesto para el año 2007, por lo que las atenciones se han suspendido, cortando bruscamente la atención a usuarios, la mayoría mujeres campesinas. En la región Ayacucho los equipos itinerantes llegaban a 8 centros poblados, y el equipo estable de Huamanga llegó a atender hasta diciembre a dos mil personas.

El MINSA ha querido enfrentar esta situación solicitando un crédito suplementario, pero noticias recientes recibidas por Iprodes indican que esta posibilidad es muy remota, pues el crédito suplementario destinado al MINSA en Ayacucho tendrá como objetivo cubrir el gasto operativo normal del sistema de salud. Por lo que tendrá que buscarse una alternativa rápidamente.


Iprodes, respaldado por diversas intituciones firmemente comprometidos con el problema de las reparaciones se encuentra realizando acciones dirigidas a influir en los espacios de decisión tanto en el congreso como en el ejecutivo. Comentaremos próximamente sobre estas acciones y sus resultados. Pueden verse los documentos de esta campaña:


- Pronunciamiento

- Justificación y propuestas



miércoles, 4 de abril de 2007

Estudio sobre violencia sexual en conflicto armado




Este estudio sistematiza buena parte de la información producida en cada país. Constata una amplia utilización de la violencia sexual contra mujeres por todas las partes intervinientes en los conflictos, y la pirncipal responsabilidad de las fuerzas de seguridad del Estado.



Concebido con fines comparativos, divide su indagación en tres secciones (por cada caso nacional) : 1) situación de las mujeres previa al conflicto, 2) el impacto que tuvo la violencia sexual durante conflicto armado en la vida de las mujeres y, 3) el periodo post conflicto y los procesos que buscan afrontar sus consecuencias.



Debemos señalar que el informe del caso peruano corrió a cargo de Silvia Loli, Eduardo Espinoza y José Carlos Agüero, integrantes del equipo de Iprodes Perú. Esperamos que sea de utilidad para aquellos comprometidos en enfrentar este problema.



www.iprodesperu.blogspot.com

iprodesperu@yahoo.es