jueves, 7 de julio de 2011

Fallo del Tribunal Europeo de DDHH reconoce el derecho a la objeción de conciencia


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha resuelto que los Estados deben respetar el derecho a la objeción de conciencia.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha resuelto que los Estados deben respetar el derecho a la objeción de conciencia.
© APGraphicsBank
Amnistía Internacional ha acogido con satisfacción el fallo histórico emitido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el por primera vez se reconoce de manera explícita el derecho a la objeción de conciencia al servicio militar.

El Tribunal ha fallado en el día de hoy en favor de Vahan Bayatyan, un testigo de Jehová de Armenia a quien se condenó en 2003 a dos años y medio de prisión tras negarse a realizar el servicio militar alegando objeción de conciencia.

El Tribunal falló que los Estados deben respetar el derecho a la objeción de conciencia como parte de su obligación de respetar el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

"Con la resolución dictada hoy, la legislación europea ya se ajusta claramente a las normas internacionales sobre objeción de conciencia", ha señalado Michael Bochenek, director de Derecho Internacional y Política de Amnistía Internacional.

"Azerbaiyán y Turquía —los únicos Estados europeos que no garantizan este derecho— deben adoptar de inmediato las medidas necesarias para que así sea."

Vahan Bayatyan se negó a realizar el servicio militar cuando lo llamaron a filas en 2001. Aunque manifestó que estaba preparado para realizar el servicio civil alternativo, fue declarado culpable de evasión del servicio militar y condenado a un año y medio de prisión.

En 2003, tras la apelación de la fiscalía, le aumentaron la pena a dos años y medio, alegando que su objeción de conciencia era “infundada y peligrosa”.

En julio de 2003 quedó en libertad bajo fianza tras cumplir 10 meses y medio de condena. Ese mismo mes presentó su caso ante el Tribunal Europeo.

Cuando Armenia se sumó al Consejo de Europa en 2000, se comprometió a aplicar la Ley de Servicio Alternativo, de 17 de diciembre de 2003, que proponía diversas medidas para los objetores de conciencia al servicio militar, entre otras, la creación de un "servicio civil alternativo".

A Bayatyan no se le dio en ningún momento la opción de realizar ese servicio.

Los testigos de Jehová que desde entonces han optado por realizar este servicio alternativo han descubierto que no tiene un carácter claramente civil, ya que incluye requisitos como hacer un juramento militar y vestir uniformes militares, por lo que incumple las normas internacionales.

Fuente: AI. 

No hay comentarios: